Son muchas las mujeres trabajadoras se quedan embarazadas y están en régimen de autónomas en nuestro país. Es normal que, si estás en ese caso, te surjan dudas relacionadas con el tema de la baja de maternidad de los autónomos. Lo primero que debes saber es que tienes los mismos derechos en este tema que las mamás que trabajan por cuenta ajena, con sólo algunas particularidades.
En el embarazo, una vez que has respirado tranquila, tratamos de explicarte todo lo que se refiere a la baja de maternidad mujeres autónomas para que tengas todo preparado de antemano. Las singularidades de la baja de maternidad de las trabajadoras autónomos serán, por tanto, el foco de nuestra atención.
¿Cómo funciona la baja de maternidad de los autónomos?
Empezaremos por detallar cuáles son los requisitos que tienes que cumplir para acceder a la baja por maternidad de los autónomos y que son:
- Estar afiliada, dada de alta o en situación de asimilada al alta en el RETA.
- Estar al día en el pago de las cuotas de la Seguridad Social. Tienes un periodo de 30 días para ponerte al corriente de tus cuotas de autónoma.
- Disponer de un periodo mínimo de cotización de 180 días en los 7 años previos a la solicitud. Las menores de 21 años están exentas de este requisito, mientras que para las autónomas de entre 21/26 años se reduce a las mitad, sólo 90 días.
Además, existe la posibilidad de una baja de maternidad compartida autónomos para ambos progenitores, con la salvedad de que las 6 primeras semanas son obligatorias y a tiempo completo para la madre. El padre puede solicitar la baja de paternidad en el mismo formulario los días de paternidad que le correspondan.
En cuanto a cómo funciona la baja de maternidad de los autónomos, reiterar que es idéntica a la baja por maternidad en España del régimen general. En partos de un sólo bebé y sin otras complicaciones se dispone de 16 semanas de descanso, y si te cuestionas cuánto cobra una trabajadora autónoma durante la maternidad debes saber que cobrarás una prestación del 100% tu base reguladora. Los otros supuestos, como partos múltiples, hospitalización del recién nacido o discapacidades son idénticos a los de la trabajadoras por cuenta ajena.
¿Cómo calcular la baja de maternidad siendo autónoma?
Uno de los aspectos que genera más dudas es el relativo a cómo calcular la baja de maternidad siendo autónoma. Como ya hemos señalado, la base reguladora es la que determinará cuánto cobras la baja de maternidad siendo autónoma. De forma general y respetando los derechos de las mujeres embarazadas es la fijada para la prestación por incapacidad temporal, sobre la que se abonará el 100%.
Te ponemos un caso concreto para que te hagas una idea más clara. Si estás pagando la cuota mínima de autónoma, esto es, 267,03 euros hasta el 30 de junio de 2017 y a partir de esa fecha 275 euros, lo que vas a recibir como baja de maternidad de los autónomos es un importe de 884,40 euros. Por suerte, entra en vigor una nueva legislación a este respecto aprobada el 11 de octubre de 2017. Una de sus aportaciones más significativas es que se dejará de tener que pagar la cuota de la Seguridad Social mientras se percibe la baja maternidad mujeres autónomas. Un cambio muy reivindicado y del que las nuevas mamás vais a beneficiaros.
Visto este panorama, no está de más recomendaros que, si estáis planificando con tiempo vuestro embarazo, os planteéis cotizar por el máximo esos últimos meses para aumentar lo que cobraréis por la prestación de maternidad. Además, no olvides que se aplica una bonificación del 100% en la Seguridad Social en caso de contratar un sustituto en tu puesto de trabajo.
Finalmente, os recordamos cómo solicitar la baja por maternidad autónomos. Basta con presentar la solicitud, junto al resto de documentación en vuestra oficina del INSS. En el caso de la baja de maternidad de los autónomos puede que os pidan una declaración de la situación de la actividad, en la que figure quien es el responsable de la empresa y si va a continuarse con la actividad durante este periodo.