El embarazo puede ser percibido con mucha ilusión, pero también con cierta incertidumbre. Es importante que conozcas los derechos de las mujeres embarazadas, sobre todo en lo que respecta a los derechos laborales, y que te sientas segura a la hora de protestar ante cualquier discriminación o injusticia.
La discriminación laboral por estar embarazada, un fenómeno también conocido como ‘mobbing maternal’, es una realidad en nuestra sociedad, y conocer tus derechos te ayudará a luchar contra ella.
Derechos de la mujer embarazada en el trabajo
La sociedad avanza poco a poco hacia la igualdad de género, y por eso estar embarazada no debería suponer un problema para que la mujer continúe con su vida laboral. Los derechos de la mujer embarazada en el trabajo defienden tu derecho a ser madre y trabajadora para que puedas conciliar tu vida profesional y familiar.
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¿Me pueden despedir por estar embarazada?
La empresa no puede despedir a una mujer embarazada de manera injustificada. Tampoco puede despedirte mientras disfrutas de una reducción de jornada. Si un juzgado reconoce la irregularidad del despido, la empresa deberá volver a contratarte. También se puede sustituir la readmisión por una indemnización por despido en el embarazo, aunque sólo si tú estás de acuerdo con ello.
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¿Debo avisar en el trabajo de que estoy embarazada?
No estás obligada a comunicar a la empresa que estás embarazada. Si te despiden de manera injustificada, y un juzgado lo reconoce como despido irregular, deberán volver a contratarte, aunque no estuvieran al corriente de tu embarazo.
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¿Puedo faltar al trabajo para hacer pruebas médicas?
La mujer embarazada puede faltar al trabajo para realizar las pruebas médicas y las clases de pre-parto necesarias que coincidan con el horario laboral. Antes de obtener la baja por maternidad, puedes estar agotada, utiliza una de las siguientes excusas para no ir a trabajar embarazada, y tómate un respiro.
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Puestos de trabajo con riesgo para el embarazo
Si tu puesto de trabajo supone un riesgo para el embarazo puedes pedir a la empresa que te cambie el puesto. Si esto no es posible, podrás cancelar el contrato y la Seguridad Social te ingresará el 100% de tu sueldo hasta que te puedas volver a incorporar. También te puedes acoger a este derecho si el riesgo se da durante el periodo de lactancia.
Baja de maternidad
La baja de maternidad es un derecho de las mujeres embarazadas que te permitirá cuidar y dedicarle todo tu tiempo a tu bebé durante sus primeros meses de vida. Existen casos en los que puedes alargar la duración de la baja de maternidad, y otros en los que puedes combinarla con una incorporación a media jornada.
Si tanto el padre como la madre trabajan, podrán compartir las 16 semanas de baja laboral. Por ejemplo, la madre podría estar 8 semanas de baja primero y luego el padre estaría 8 semanas de baja, o podrían estar ambos 8 semanas de baja a la vez para disfrutar juntos del recién nacido.
La Seguridad Social es la encargada de abonar la prestación económica durante la baja de maternidad. Esta prestación suele ser del 100% del salario. Una vez finalizada la baja, podrás volver a incorporarte a tu puesto de trabajo con el mismo sueldo y los mismos beneficios contractuales.
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Duración de la baja de maternidad
La baja de maternidad tiene una duración de 16 semanas ininterrumpidas. La baja se inicia el día del parto, o en caso de haber neceistado reposo antes de dar a luz, desde el primer día de descanso. Las 6 primeras semanas son de reposo obligatorio, y las 10 semanas restantes puedes transformarlas en 20 a media jornada si llegas a un acuerdo con la empresa.
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Condiciones de la baja de maternidad
Para beneficiarse de esta baja de maternidad, la madre deberá haber cotizado un mínimo de 180 días en la Seguridad Social en los 7 años inmediatos antes del parto. Si la madre es menor de 26 años, esta cifra desciende a 90 días, y en caso de ser menor de 21 años no es necesario haber cotizado.
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Baja de maternidad para autónomas
Las mujeres autónomas tienen los mismos derechos de beneficiarse de la baja por maternidad, siempre y cuando cumplan las mismas condiciones previamente mencionadas.
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Ampliación de la baja de maternidad
La baja de maternidad para embarazos múltiples se amplía en dos semanas por cada hijo. Es decir, una mujer que ha dado luz a gemelos tendría derecho a 18 semanas de baja de maternidad. En caso de la hospitalización del bebé tras el parto durante más de 7 días, tu baja aumentará en tantos días como tu bebé permanezca en el hospital.
Para solicitar tu baja de maternidad necesitarás un informe rellenado por tu médico en el que figure la fecha en la que has dado a luz o, si todavía no lo has hecho, la fecha en la que se prevé el parto. Tendrás que entregar este informe junto a tu documento de identidad y algo que acredite tu cotización a la Seguridad Social en las oficinas de la INSS o ISM. La resolución final será 30 días después de que presentes estos documentos, aunque hasta entonces obtendrás una resolución provisional.
Excedencia por maternidad
Las 16 semanas de la baja de maternidad no son demasiado, y una vez te vuelvas a incorporar al trabajo puede que encuentres difícil conciliar la vida laboral con el cuidado de tu bebé. Por eso debes saber que entre los derechos de las mujeres embarazadas existe el de tomarse un periodo de excedencia, que puede alcanzar los tres años. Este es un derecho al que también puede acogerse el padre.
El periodo de excedencia se trata de una prestación no económica cuyo objetivo es el cuidado de los hijos. Esto significa que durante este periodo de pausa laboral no cobrarás tu sueldo, aunque sí que seguirás cotizando a la seguridad social, y sumarás para prestaciones futuras, como la jubilación.
Durante tu primer año de excedencia, tendrás derecho a que la empresa guarde tu puesto de trabajo. Después de este plazo, podrás recuperar tu puesto únicamente si sigue vacante. Si no lo está, la empresa debe ofrecerte un puesto de trabajo del mismo grupo profesional o categoría equivalente
DUDAS